Simulacros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Pruebas para oposiciones de la Guardia Civil

Pruebas físicas

Si tu vocación es ser Guardia Civil, lo primero que tendrás que conocer es en que consiste la oposición a la que te vas a tener que presentar.

 

Esta oposición de acceso a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, consta de varias fases, a las cuales tendrás que enfrentarte si reúnes, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias, una serie de condiciones (detalladas estas como requisitos de acceso).

Una vez admitidos en el proceso de oposición, todos los aspirantes tienen que enfrentarse a una serie de pruebas.

El orden de realización de las fases de la convocatoria es el siguiente:
  1. Pruebas de ortografía y gramática.
  2. Prueba de conocimientos: cuestionario de 100 preguntas tipo test en un tiempo máximo de 90 minutos.
  3. Prueba de lengua extranjera: cuestionario de 20 preguntas sobre el idioma elegido (inglés o francés) en la instancia, en un tiempo máximo de 20 minutos.
  4. Prueba psicotécnica , la cual trata de valorar, tanto aptitudes intelectuales, como perfil de personalidad.
  5. *Todas las anteriores, deberán ser realizadas en el mismo día, pero en el orden de realización que el Tribunal determine.

     

    Los aspirantes que hayan superado esta primera fase de pruebas de valoración, tendrán que enfrentarse a las siguientes en el orden establecido en las bases:

  6. Prueba de aptitud física.
  7. Entrevista personal: destinada a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas.
  8. Reconocimiento médico: según la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero.
Con respecto al lugar de realización de la primera fase:

La primera parte (pruebas de ortografía, conocimientos, lengua extranjera y psicotécnica) se realizarán en las distintas sedes que se publiquen en el BOE referente a la convocatoria, teniendo en cuanta las siguientes sedes de las convocatorias anteriores:

  • Alicante, Ávila, Baeza, Cádiz, Calatayud, Illes Balears, Las Palmas de Gran Canaria, León, Madrid, Mérida, Murcia, Oviedo, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Valencia, Vigo.
  •  

    Las pruebas de aptitud física y entrevista personal se realizarán en la Escuela de Guardias Jóvenes de Valdemoro (Madrid) y en el mismo lugar, al día siguiente, el reconocimiento médico.

    ¿En qué consiste la prueba de aptitud física?

    Para la realización de los ejercicios que conforman la prueba de aptitud física, los aspirantes tendrán que presentarse provistos del material deportivo adecuado y necesario a los ejercicios a superar. Además, deberán entregar al Tribunal, un Certificado Médico Oficial expedido dentro de los veinte días anteriores en el que se haga constar explícitamente lo siguiente: «El aspirante se encuentra capacitado físicamente para la realización de las pruebas de aptitud física consistentes en: velocidad (carrera de sesenta (60) metros); resistencia muscular (carrera de dos mil (2000) metros); fuerza extensora de brazos y natación (cintuenta (50) metros) sin que ello suponga un riesgo para su salud»

    El orden de realización de los ejercicios, es aleatorio (quedando a juicio del Tribunal el orden en el llamamiento de los aspirantes, sabiendo de únicamente que el ejercicio de natación se realizará en último lugar) pero los cuatro (4) ejercicios son obligatorios y eliminatorios, teniendo que alcanzar el resultado mínimo establecido en las bases de la convocatoria, para poder enfrentarse al siguiente y, al final, para poder superar la prueba de aptitud física.

    Quedando la calificación final como apto, o no apto.

    Esta prueba, consta de 4 ejercicios: 
    1. Potencia tren superior (cualidad flexora de brazos)
    2. Velocidad; carrera de sesenta (60) metros lisos
    3. Resistencia; carrera de dos mil (2000) metros
    4. Soltura acuática; cincuenta (50) metros de nado libre
    1. Flexiones

    Los aspirantes, situados en posición de decúbito prono con las palmas de las manos en posición cómoda, apoyadas a la anchura que marcan los hombros (o ligeramente superior) y los dedos orientados al frente, realizarán flexo-extensiones de brazos completas comenzando el ejercicio desde esta posición de inicio.

    Se contabilizará como efectuada una flexión/repetición cuando se toque con la barbilla sobre la almohadilla de seis (6) cm colocada en el suelo y se vuelva a la posición de partida con brazos totalmente extendidos; manteniendo en todo momento una correcta alineación entre cabeza, hombros, espalda, cadera y piernas.

    No se contabilizarán las extensiones de brazos que no sean simultáneas / simétricas y/o no mantengan la alineación corporal o en las que se apoye en el suelo alguna parte del cuerpo distinta de la barbilla, punta de los pies y manos.

    Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento de la prueba (teniendo que realizarse en posición de tierra inclinada hacia delante).

    • Se permiten dos (2) intentos espaciados, en caso de no haber superado la prueba en el primero.
    2. Sesenta (60) metros lisos

    Los aspirantes, colocados de forma individual en la calle de la pista de atletismo que se el Tribunal les haya asignado, tendrán que recorrer a la máxima velocidad posible, una distancia de sesenta (60) metros.

    La salida de la prueba debe realizarse desde de pie, sin zapatillas de clavos, ni salida de tacos. Pudiéndose inclinar el tronco hacia delante, siempre y cuando con el pie adelantado no se rebase a la línea de salida.

    Serán motivos de eliminación ocupar otra calle que no sea la que le han asignado y/o interrumpir de forma intencionada la carrera de otro compañero.

    • Se permitirán dos (2) intentos a aquellos aspirantes que realicen una salida nula; considerándose nulo, salir antes de la señal de examinador.
    3. Dos mil (2000) metros lisos

    Los aspirantes, sobre una superficie lisa como es el tartán de una pista de atletismo oficial, deberán recorrer la distancia de dos mil (2000) metros, en el menor tiempo posible.

    La cuerda de una pista de atletismo suma cuatrocientos (400) metros, por lo que para completar los 2000, los aspirantes tendrán dar cinco (5) vueltas, por calle libre.

    No está permitido interrumpir de forma intencionada la carrera de otros compañeros, salirse de la pista rebasando la línea interna que delimita la calle uno (1) de la zona de interior de la misma (césped o similar).

    • Se permite un (1) intento.
    4. Cincuenta (50) metros de natación

    Los aspirantes, provistos de bañador y gorro (ambos obligatorios), nadarán una distancia de cincuenta (50) metros en una piscina de veinticinco (25) (ida y vuelta). El estilo de nado, es libre y se podrá cambiar de estilo durante el transcurso de la prueba.

    Para hacer el cambio de dirección, no se puede hacer viraje en el eje transversal, teniendo que tocar la pared/borde del vaso de forma visible para el examinador y darse la vuelta. A la hora de dar la vuelta, se permite realizar un impulso con los pies en la pared, para salir nadando en dirección contraria.

    Será motivo de eliminación que un aspirante toque con las manos o se apoye en las paredes o corcheras que delimitan su calle, así como que apoye los pies en el suelo, en cualquier momento del transcurso de la prueba (excepto en el cambio de dirección).

    • Se permiten dos (2) intentos, a aquellos aspirantes que cometan una salida nula, este segundo intento se llevará a cabo al final de todas las series.
    PRUEBA SEXO MENOR 35 AÑOS IGUAL O MAYOR 35 AÑOS Y MENOR DE 40 IGUAL O MAYOR DE 40 AÑOS
    Velocidad H 10,00 s 10,30 s 10,80 s
    M 11,20 s 11,50 s 12,50 s
    Resistencia H 9m 25s 9m 48s 10m 33s
    M 11m 14s 11m 35s 12m 49s
    Flexiones H 16 16 14
    M 11 11 9
    Soltura acuática H 70s 71s 73s
    M 81s 83s 88s

    Próximo simulacro

    De momento no hay próximos simulacros

    Requisitos y Exclusiones

     

    Requisitos Guardia Civil

    Para poder optar al ingreso en la Guardia Civil tendrás que contar con una serie de requisitos mínimos, todos ellos de carácter obligatorio:

    • Tener la nacionalidad española antes de que finalice el plazo de presentación de instancias.
    • No estar privado de los derechos civiles.
    • Carecer de antecedentes penales.
    • No tener abierto ningún procedimiento judicial (procesado, imputado, investigado o encausado) por delito doloso (aquel que se realiza con conocimiento y voluntad).
    • No haber sido separado mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el desarrollo de las funciones públicas.
    • Tener cumplidos los dieciocho (18) años en el año de la convocatoria y no cumplir ni haber cumplido los cuarenta y uno (41) dentro del año de la convocatoria.
    • Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en la convocatoria.
    • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente como:
      • Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
      • La prueba de acceso a grado medio, superior o la de acceso a la universidad para mayores de veinticinco (25) años.
      • Tener el Graduado Escolar.
    • No haber causado baja en un centro docente de la Carrera Militar, ni de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, ni haberse resuelto el compromiso como militar de tropa y marinería por sanción disciplinaria.
    • Presentar una declaración de compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
    • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B en el momento de presentar la instancia.
    • Se permiten los tatuajes, tanto los que sean visibles como los que no sean visibles (permanentes o temporales) salvo que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley. Se prohíben las argollas, espigas, inserciones, automutilaciones, pegatinas, dilataciones y similares, así como los implantes microdermales o subcutáneos y perforaciones distintas a las destinadas para el uso de pendientes, cuando sean visibles al vestir las prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme de la Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general de acuerdo a la normativa que lo regula (Real Decreto 967/2021, de 8 de noviembre, por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil; BOE n.º 268, de 9 de noviembre de 2021).

    Exclusiones

    A continuación, te detallamos las exclusiones médicas más importantes, debes comprobar que no estás excluido por ninguno de los motivos indicados en el cuadro médico de exclusiones de la Orden 155/2019 de diecinueve 19 de Febrero (BOE nº 44 20/2/2019).

    Capacidad física general
    • Estatura mínima de 1 m 60 cm si eres hombre y 1m 55 cm si eres mujer y máxima de 2 m 03 cm.
    • Índice de Masa Corporal (IMC) comprendido entre 17 y 30.
    Enfermedades y causas generales
    • Pérdida o alteración, total o parcial, de cualquier parte del cuerpo o enfermedades o anomalías congénitas o adquiridas que limiten o dificulten las actividades propias del servicio
    • Enfermedades inmunológicas que dificulten o limiten las funciones propias del servicio
    • Enfermedades reumáticas con trastornos funcionales
    • Evidencia de consumo de cualquier sustancia psicotrópica o droga, incluido alcohol, o detección analítica en reconocimiento médico o medicación que disminuya capacidades de reacción.
    Ojo y visión
    • Afecciones congénitas o adquiridas de cualquier etiología, que afecten a cualquiera de las estructuras oculares, y cuya importancia funcional o pronostica sea incompatible con el servicio.
    • Desprendimiento de la retina, incluso tratada con buen resultado.
    Oído y audición
    • Malformaciones o falta parcial del pabellón auditivo, que produzcan disminución de la capacidad auditiva o alteraciones estéticas manifiestas.
    • Sordera completa de ambos oídos o incompleta permanente que produzca disminución de la agudeza auditiva por encima de los 20 decibelios.
    • Otitis media, recidivante o crónica.
    • Vértigo.
    Aparato locomotor
    • Cifosis, lordosis y escoliosis, que, aunque no sean muy evidentes, produzcan una asimetría estética de la bipedestación.
    • Pérdida de la última falange de los dedos del pie o alteraciones anatómicas o funcionales que originen un pie doloroso.
    Aparato respiratorio
    • Asma bronquial persistente e incapacitante
    • Apnea del sueño
    • Afecciones crónicas de la vía aérea
    Aparato digestivo
    • Alteraciones del aparato digestivo que dificulten las actividades físicas que se exigen en el servicio.
    • Hernias abdominales o inguinales.
    • Enfermedades inflamatorias del intestino crónicas
    • Fístulas perineales
    Aparato cardiovascular
    • Hipertensión arterial, con tensiones superiores a ciento cuarenta (140) mm Hg de sistólica y/o a noventa (90) mm Hg de diastólica, determinadas en estado de reposo y tras comprobación repetida.
    • Varices o dilataciones venosas de cualquier tipo que se marquen claramente en bipedestación.
    • Arritmias cardíacas
    • Insuficiencia cardíaca
    Sistema nervioso y psiquiatría
    • Movimientos involuntarios anormales en todas sus formas.
    • Epilepsia.
    • Esclerosis múltiple
    • Trastornos del lenguaje (excepto la tartamudez que no será considerada como causa de exclusión)
    • Temblor de cualquier causa
    • Vértigos
    • Trastornos mentales
    • Coeficiente intelectual inferior a noventa (90).
    • Evidencia de consumo de sustancias psicótropas o drogas.
    Piel y tejido celular subcutáneo
    • Enfermedades de la piel o del cuero cabelludo, de tendencia crónica o recidivante, rebeldes al tratamiento.
    • Deformidades, eczemas o cicatrices que afecten la movilidad o la estética del individuo que impidan el uso del equipo reglamentario.
    • Enfermedades de la piel contagiosas.
    Otros procesos patológicos
    • Estado de gestación.
    • Enfermedades, defectos físicos o anomalías hereditarias, constitucionales o adquiridas que precisen algún tipo de tratamiento específico y/o de larga duración, o supongan riesgo o rechazo para las relaciones sociales o la convivencia dentro del Cuerpo.
    • Tumores malignos y los benignos que, por su tamaño o localización, originen trastornos funcionales o afecten a la estética.
    • Enfermedades de la sangre.
    • Hiperlipidemias (ej. colesterol elevado) o hiperuricemias significativas no controladas
    • Insuficiencia renal